El Consejo Escolar del Colegio Claret Valencia-Benimaclet está formado por representantes de todos los sectores de la comunidad educativa, que trabajan conjuntamente para garantizar la participación, la calidad educativa y el desarrollo integral del alumnado.
La Dirección del centro está a cargo de Carolina Alcaide Carbonell, quien ejerce también la función de Presidenta del Consejo Escolar.
En representación de la Titularidad del colegio participan Miguel Ángel Velasco, CMF, y Carlos Puerto, CMF, ambos miembros de la Congregación de Misioneros Claretianos.
El equipo docente cuenta con la representación de Laura Fenollosa Lluesma, María del Rocío Martín Sánchez, Tania Galdón Vidal y Carmen Ortiz Zanón, profesoras comprometidas con la mejora continua de la enseñanza y la formación integral del alumnado.
Las familias del alumnado están representadas por José Vicente Genovés, Mariló Sendra, Sara Aguiló y Cristina Castellano, quienes aportan la visión y las inquietudes de las familias en la vida escolar del centro.
En nombre del alumnado forman parte del Consejo César López y Alejandro Cuéllar, que contribuyen con su participación activa y responsable al desarrollo de la comunidad educativa.
Finalmente, en representación del Personal de Administración y Servicios (PAS) participa Elena Simarro, colaborando en la gestión y buen funcionamiento del colegio.
El Consejo Escolar refleja el espíritu de corresponsabilidad, diálogo y compromiso que caracteriza al Colegio Claret Valencia-Benimaclet, promoviendo una educación basada en la participación, la confianza y los valores cristianos.
Sus funciones son:
(art. 57 LODE, D.F. Primera 5 LOPEG)
a) Intervenir en la designación y cese del director/a del centro, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.
b) Intervenir en la selección y despido del profesorado del centro, conforme con el art. 60.
c) Garantizar el cumplimiento de las normas generales sobre admisión del alumnado.
d) Resolver los asuntos de carácter grave planteados en el centro en materia de disciplina del alumnado.
e) Aprobar, a propuesta del titular, el presupuesto del centro en lo que se refiere tanto a los fondos provenientes de la administración como a las cantidades autorizadas, así como la rendición anual de cuentas.
f) Aprobar y evaluar la programación general del centro que con carácter anual elaborará el equipo directivo.
g) Proponer, en su caso, a la administración la autorización para establecer percepciones a los padres de los alumnos con la realización de actividades escolares complementarias.
h) Participar en la aplicación de la línea pedagógica global del centro y elaborar las directrices para la programación y desarrollo de las actividades escolares complementarias, actividades extraescolares y servicios escolares, así como intervenir en su caso, en relación con los servicios escolares de acuerdo con lo establecido por las administraciones educativas.
i) Aprobar, en su caso, a propuesta del titular, las aportaciones de las familias del alumnado para la realización de actividades extraescolares y los servicios escolares cuando así lo hayan determinado las administraciones educativas.
j) Establecer los criterios sobre la participación del centro en actividades culturales, deportivas y recreativas, así como en aquellas acciones asistenciales a las que el centro pudiera prestar su colaboración.
k) Establecer relaciones de colaboración con otros centros, con fines culturales y educativos.
l) Aprobar, a propuesta del titular, el reglamento de régimen interior del centro.
m) Supervisar la marcha general del centro en los aspectos administrativos y docentes.
